Cuatro becas de especialización y formación de profesionales en el área de cooperación para el desarrollo

Fecha de inicio: 14 de junio de 2024
Fecha límite: 15 de julio de 2024 

Convocante:  eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad 

Recomendamos confirmar los plazos de las subvenciones en la convocatoria publicada por la administración.


Objeto y finalidad.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de cuatro becas de especialización y formación de profesionales en el área de cooperación para el desarrollo en 2024. Estas becas, tal y como indica el preámbulo del Decreto 62/2017, de 21 de marzo, que las regula, tienen la finalidad de potenciar el desarrollo de capacidades, conocimientos, formación y especialización de personas jóvenes profesionales en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

Los ámbitos de especialización y formación de cada una de las becas serán los siguientes:
a) Género y desarrollo. Se trata de incorporar la perspectiva de género, tanto a través de la transversalización del enfoque de género en las iniciativas y proyectos de cooperación, como a través del desarrollo de acciones específicas.
b) Acción Humanitaria. Se trata de fortalecer a las organizaciones humanitarias; proteger a las comunidades y personas afectadas por crisis humanitarias; sensibilizar a la ciudadanía vasca, y coordinar agentes.
c) Educación y comunicación para la transformación social. Se trata de formar y generar capacidades; realizar tareas de incidencia y comunicación educadora; coordinar el ámbito interinstitucional, y fomentar la cultura de aprendizaje.
d) Protección a personas, organizaciones y comunidades defensoras de derechos humanos. Se trata de generar conocimiento; apoyar iniciativas en materia de protección, y comunicar para la protección y la incidencia política.

Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las becas las personas solicitantes que cumplan los requisitos previstos en el artículo 3 del Decreto 62/2017, de 21 de marzo, regulador de las presentes ayudas.
No podrán ser beneficiarias de estas becas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.1 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
El disfrute de la beca resulta incompatible con la realización de cualquier trabajo remunerado y con la percepción de otras becas de formación en ámbitos de cooperación para el desarrollo dirigidas a personas con estudios universitarios, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Cuantía de las becas.

Cada una de las personas beneficiarias percibirá, en concepto de beca, una cantidad máxima de 20.000,00 euros brutos, incluyendo la parte que a la misma, como perceptora de la beca, le corresponde abonar en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social. El pago de esta cantidad se efectuará abonando la cantidad mensual de 1.666 euros brutos durante los once primeros meses de duración del período de especialización y formación y un pago de 1674 euros el último mes.